| Elaborar, aprobar y modificar el plan comunal de desarrollo cuya
aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales. |
Letra a) art. 3º ley 18.695 |
|
| La planificación y regulación de la comuna y la confección del plan
regulador comuna, de acuerdo con las normas legales vigentes. |
Letra b) art. 3º ley 18.695 |
|
| La promoción del desarrollo comunitario. |
Letra c) art. 3º ley 18.695 |
|
| Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito públicos, dentro
de la comuna, en la forma que determinen las leyes y las normas técnicas
de carácter general que dicte el ministerio respectivo. |
Letra e) art. 3º ley 18.695 |
|
| El aseo y ornato de la comuna |
Letra f) art. 3º ley 18.695 |
|
| Ejecutar el plan comunal
de desarrollo y los
programas necesarios para
su cumplimiento. |
Letra a) art 5º ley 18.695 |
|
| Elaborar, aprobar,
modificar y ejecutar el
presupuesto municipal. |
Letra b) art. 5º ley 18.695 |
|
| Administrar los bienes
municipales y nacionales
de uso público, incluido
su subsuelo, existentes en
la comuna, salvo que, en
atención a su naturaleza o
fines y de conformidad a la
ley, la administración de
estos últimos corresponda
a otros órganos de la
Administración del Estado.
En ejercicio de esta atribución,
les corresponderá, previo
informe del consejo económico
y social de la comuna, asignar y cambiar la denominación
de tales bienes. Asimismo,
con el acuerdo de los dos
tercios de los concejales en
ejercicio, podrá hacer uso
de esta atribución respecto
de poblaciones, barrios y
conjuntos habitacionales,
en el territorio bajo su
administración. |
Letra c) art. 5º ley 18.695 |
|
| Dictar resoluciones obligatorias con carácter general o particular. |
Letra d) art. 5º ley 18.695 |
|
| Establecer derechos por los servicios que presten y por los permisos y concesiones que otorguen. |
Letra e) art. 5º ley 18.695 |
|
| Adquirir y enajenar, bienes muebles e inmuebles. |
Letra f) art. 5º ley 18.695 |
|
| Otorgar subvenciones y aportes para fines específicos a personas jurídicas de carácter público o privado, sin fines de lucro, que colaboren directamente en el cumplimiento de sus funciones. |
Letra g) art. 5º ley 18.695 |
|