PREGUNTAS FRECUENTES EFECTUADAS POR LA COMUNIDAD EN EL 2DO JUZGADO DE POLICÍA LOCAL DE LA SERENA
1.- ¿Se puede pagar un parte por infracción al tránsito antes de la fecha de citación?
Sí. Es posible pagar una multa antes de la fecha de citación, tratándose de infracciones a la Ley de Tránsito calificadas como; leve, menos grave o grave, ejerciendo su derecho y allanándose a la multa, pudiendo pagarla con el descuento del 25%, dentro de los primeros 5 días hábiles siguientes, contados desde la fecha de la infracción.
2.- ¿Qué multas no puedo pagar con el descuento del 25%?
No es posible pagar con el descuento, aquellas infracciones calificadas como gravísimas.
3.- ¿Dónde debo pagar las multas impuestas por un Juzgado de Policía Local?
El pago siempre debe efectuarse en la Tesorería Municipal de la comuna donde se sitúe el Juzgado de Policía Local que impone la multa.
4.- ¿Cuáles son las formas de pago aceptadas por la tesorería municipal de La Serena?
En la comuna de La Serena, las formas de pago admitidas por Tesorería Municipal son; dinero en efectivo, Tarjeta de débito o crédito.
5.- ¿Qué infracciones son calificadas como gravísimas?
En conformidad al artículo 199 de laLey del Tránsito, son infracciones GRAVÍSIMAS;
i.- No detenerse en luz roja del semáforo o su equivalente ante señal pare.
ii.- Conducir vehículo sin haber obtenido licencia de conducir.
iii.- Conducir a exceso de velocidad (21 kxh superior al máximo legal),
iv.- Transportar a niño o niña menor a ocho años de edad en los asientos traseros, sin sistema de retención infantil.
v.- Manipular el teléfono móvil u otro dispositivo electrónico, mientras realiza la conducción de vehículo motorizado.
6.- ¿Cuál es la consecuencia de una infracción gravísima?
Además de la aplicación de la multa, el Tribunal impondrá la sanción accesoria de suspensión de su licencia de conducir. A su vez, dicha infracción se informa al Registro Civil a fin de que la registre en la Hoja de Vida del conductor infractor.
7.- ¿Qué pasa si no se paga una multa de tránsito?
Hay que distinguir si se trata de un parte empadronado, o un parte cursado personalmente con licencia de conducir retenida. Tratándose del primero y vencido el plazo para pagar la multa, el Tribunal informará al Registro Nacional de Multas de Tránsito No Pagadas del Registro Civil, cuyo efecto es, impedir que el propietario del vehículo infractor obtenga su permiso de circulación, debiendo pagarse previamente la multa pendiente, más un arancel cobrado por dicho Registro. En el segundo caso, el Tribunal despachará una orden de arresto en contra el infractor-condenado, para obtener el cumplimiento de lo sentenciado.
8.- ¿Qué documentos son necesarios para retirar un vehículo del corral municipal?
Se deberá contar con la orden de entrega del Tribunal, el Certificado de Anotaciones Vigentes correspondiente al día y la cédula de identidad del propietario o representante. En caso de no ser el propietario, deberá presentar un poder notarial otorgado por el propietario para su representación.
9.- ¿Qué puedo hacer si recibo una citación por infracción por el uso de vías exclusivas?
En el evento que usted reciba una citación por infracción por el uso de las vías exclusivas de esta ciudad, usted estará facultado para pagar la multa con descuento legal hasta el día anterior a la citación. De lo contrario, deberá concurrir el día de su citación y esperar el llamado a la audiencia para formular los descargos.
10.- ¿Cuál es el valor de la multa por el uso de vías exclusivas?
0,5 UTM si paga la multa en la Tesorería Municipal hasta el día anterior de la fecha de la citación, quedando eximido de concurrir al Juzgado de Policía Local.
11.- ¿Debo traer la boleta de citación al concurrir al Juzgado de Policía Local, en el caso de infracciones simples?
Sí, debe presentar la boleta de citación. Salvo, si el parte fue de aquellos denominados como “empadronados”.
12.- ¿Qué debo hacer en caso de extravío de la boleta de citación?
Deberá presentar una declaración jurada, firmada ante Notario Público, en la que conste que su boleta de citación no se encuentra retenida por Carabineros y/o Inspectores, ni en ningún otro Tribunal.
13.- ¿Dónde recibirá una citación del Tribunal?
Todas las citaciones se dirigen al domicilio que el infractor tenga registrado en el Registro de Vehículos Motorizados. Será obligación de cada propietario mantener actualizado el domicilio en dicho Registro perteneciente al Servicio de Registro Civil.
14.- ¿Qué ocurre si no asisto a la audiencia citada por Carabineros, inspectores municipales o fiscales?
Si usted no compareció a la audiencia a la que estaba citado, se dictará sentencia condenatoria en su rebeldía, y será sancionado en este caso con el valor más alto de la multa.
15.- ¿Cómo tomo conocimiento de dicha sentencia condenatoria?
La se ntencia dictada en rebeldía se notficará por carta certificada, dirigida al domicilio que tenga registrado en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil.
En el caso de las infracciones gravísimas, la sentencia le será notificada personalmente por funcionarios del Tribunal o por Carabineros de Chile.
16.- ¿Puedo solicitar la eliminación de una multa en el Registro de Multas del Tránsito No Pagadas?
Puede solicitar la eliminación de la multa por prescripción, cuando hayan transcurrido 3 años, contados desde que se publicó la multa en el registro de multas impagas. Esa petición, debe presentarse por escrito ante el mismo Tribunal que aplicó la multa cuya prescripción se pretende.
17.- ¿Existen otros motivos de eliminación de la multa informada a dicho Registro de Multas No Pagadas?
Si. Puede eliminarse un registro; por error en la información de la placa patente denunciada, haberse pagado la multa con antelación, ser el nuevo dueño del vehículo infraccionado.
17.- ¿Existen otros motivos de eliminación de la multa informada a dicho Registro de Multas No Pagadas?
Sí, puede eliminarse un registro; por error en la información de la placa patente denunciada, heberse pagado la multa con antelación, ser el nuevo dueño del vehículo infraccionado.
El propietario del vehículo infractor deberá concurrir presencialmente al Tribunal y realizar su presentación por escrito, o remitir la solicitud de eliminación por carta certificada al Juzgado de Policía Local, y anexar:
19.- ¿Cómo pago una infracción informada al Registro de Multas de Tránsito No Pagadas?
Puede pagar la multa en la Dirección de Tránsito de la comuna donde usted obtiene su permiso de circulación, pagando además un arancel.
20.- ¿Qué Tribunal es competente para conocer de una infracción simple a la Ley de Tránsito?
Aquel Juzgado de Policía Local que se encuentre de turno el día de la infracción. Dicho antecedente consta en la citación efectuada por Carabineros o Inspectores.
I.I.- Preguntas por procedimiento de Exhortos;
1.- ¿Qué es un Exhorto?
Es la “Comunicación” que envía un Tribunal de un territorio jurisdiccional o comuna diversa, a otro, para la práctica de una determinada diligencia judicial, en este caso, para recabar antecedentes de una denuncia infraccional. Se habla de Tribunal Exhortante y Tribunal Exhortado.
El Tribunal Exhortante, es aquel que remite la comunicación solicitando antecedentes.
El Tribunal Exhortado, es aquel que recibe la comunicación.
2.- Si me cursan una infracción en otra ciudad. ¿Puedo pagar el parte en La Serena?
Si, para ello, deberá dirigirse al Juzgado de Policía Local de La Serena que se encuentre de turno, debiendo acreditar previamente su residencia en La Serena, según lo determina el Manual de Procedimiento de Exhortos del Tribunal.
3.- ¿Cómo se solicita un exhorto ante el Segundo Juzgado de Policía Local de La Serena, en calidad de Tribunal Exhortante?.
El infractor realizará la solicitud de Exhorto ante el Tribunal, para lo cual deberá acompañar; 1) la respectiva boleta de citación, 2) hoja de vida del conductor si se tratare de infracciones gravísimas, 3) los descargos si estimare procedente; 4) Fotocopia del Carnet de identidad, y 5) cualquier documento que acredite su residencia en la comuna
4.- ¿Existe un plazo para solicitar el diligenciamiento de un Exhorto?
Sí, a más tardar en la fecha de citación estipulada en el parte.
5.- ¿Cuánto tarda en diligenciarse un Exhorto?
Dicha diligencia tarda aproximadamente entre 60 a 90.
6.- ¿Qué puedo hacer para seguir conduciendo si a raíz de una infracción me retuvieron la licencia de conducir en otra ciudad y vivo en La Serena?
Podrá solicitar un Exhorto en el Juzgado de Policía Local de la ciudad donde acredite su residencia y se le otorgará un permiso provisorio el cual lo habilitará para conducir hasta que llegue diligenciado.
7.- Si me cursaron un parte en la ciudad de Coquimbo y vivo en La Serena, ¿puedo pedir un Exhorto?
No. Debido a que existe una restricción geográfica, por la cercanía entre ambas ciudades.
8.- ¿Puede ir otra persona en mi representación a solicitar un Exhorto?
No. Sólo puede comparecer el infractor personalmente o representado por un abogado.
9.- Una vez que llega diligenciado el Exhorto, ¿cómo es la forma de pago?
Sólo se permite el pago mediante vale vista, tomado a nombre de la Municipalidad respectiva.
10.- En caso de extravío de permiso provisorio para conducir, ¿Qué debo hacer?
En caso del extravío del permiso provisorio, se le solicitará una declaración jurada ante Notario Público, que estipule que éste no se encuentra retenido en ningún otro Juzgado del país.
11.- ¿Qué sucede si no comparezco al Juzgado a verificar el estado de diligenciamiento de mi solicitud de Exhorto transcurrido unos meses?
La sentencia condenatoria y licencia de conducir sólo estarán disponibles dos meses en el Juzgado, a contar de su recepción, transcurrido este plazo, será devuelta al Tribunal de origen.
II.- PREGUNTAS SOBRE ACCIDENTES DE TRÁNSITO, QUERELLAS Y DEMANDAS EN GENERAL;
1.- Tuve una colisión y me retuvieron mi licencia de conducir. ¿En qué momento me la devuelve?
La licencia de conducir estará retenida en el Tribunal respectivo, mientras dure el proceso judicial, otorgándosele, si correspondiere, un permiso provisorio para conducir en reemplazo de su licencia.
2.- ¿Qué Tribunal es competente para conocer de los accidentes de tránsito?
Los Juzgados de Policía Local pueden conocer de un accidente de tránsito que producto de aquél las personas resulten con lesiones de carácter leve, si los intervinientes resultaren con lesiones menos grave, grave o gravísimas no serán de competencia de estos Tribunales, siendo remitidos sus antecedentes al Ministerio Público (Fiscalía).
3.- En caso de accidente de tránsito en La Serena, ¿qué Juzgado de Policía Local es competente?
En caso de accidente de tránsito, es competente de conocer lo sucedido, el Juzgado de Policía Local del día en que ocurrieron los hechos, en conformidad al turno semanal.
4.- ¿Cómo se debe presentar la querella y la demanda en el Juzgado de Policía Local?
Esta debe hacerse por escrito, de manera formal como lo señala la Ley.
5.- En un accidente de tránsito, tengo derecho a una indemnización fijada por el Tribunal?
Para que el Tribunal determine una indemnización por este motivo, primeramente debe presentar una Querella infraccional y Demanda Civil de Indemnización de Perjuicios. Si las partes no deducen tales acciones, el Tribunal no se pronunciará respecto a los daños.
6.- Cuando el demandado es de otra ciudad, ¿cómo se realiza la notificación de la demanda?
Se notifica por exhorto, dirigido al Tribunal de la ciudad donde vive el demandado, trámite que puede realizarse por mano. Una vez recepcionado por dicho Juzgado, el demandante deberá pagar el derecho arancelario por la notificación al receptor para su realización.
7.- ¿La notificación de la querella y demanda es gratuita?
No. Debe pagar el derecho arancelario fijado para los receptores ad hoc del Tribunal.
8.- En una demanda civil, ¿hasta qué instancia se puede llegar a un avenimiento?
En cualquier instancia del proceso, hasta antes de la dictación del fallo definitivo.
III.- PREGUNTAS EN GENERAL;
1.- ¿Puede tramitarse una causa electrónicamente?.
Los Juzgados de Policía Local, no poseen tramitación electrónica, todas las diligencias son presenciales.
2.- ¿Necesito un abogado para comparecer en juicio ante estos Juzgados?
No se necesita comparecer patrocinado por un abogado en causas incoadas en este Tribunal. Excepcionalmente en causas por accidente de tránsito, si los daños demandados ascienden a más de 4 UTM, deberá ser representado por un letrado.
Sí. En el caso de ser sorprendido bebiendo bebidas alcohólicas en la vía pública, o transitar en estado de ebriedad en la vía pública, el denunciado podrá acogerse al descuento legal del 50% dentro del plazo de los 05 días hábiles contados desde cursada la infracción.
4.- ¿Qué recursos poseo para solicitar la rebaja de una multa?
Respecto de las infracciones simples a la Ley de Tránsito, puede deducir el recurso de reposición en el plazo de 30 días contados desde la fecha de la notificación del fallo.
Puede también deducir el recuso de apelación dentro de quinto día de notificado del fallo, sin embargo, este recurso no opera en caso de infracciones simples a la Ley de Tránsito, y es conocido por la Iltma., Corte de Apelaciones respectiva, excepcionalmente opera en el caso de aplicación de multas gravísimas.
5.- ¿Puedo presentar testigos a la audiencia de prueba?
Si. Puede presentar testigos hasta un máximo de 4 por cada parte. En el caso de infracciones la Ley de Tránsito, deberá acompañarse previamente una lista con los nombres y datos de los testigos que depondrán, hasta las 12:00 hrs., del día anterior a la audiencia de prueba.
6.- ¿Cuántos Juzgados de Policía Local hay en La Serena?
Existen dos Juzgados de Policía Local en La Serena, cuya jurisdicción se efectúa por medio de turnos semanales.
7.- ¿Cómo se notifican las resoluciones dictadas por el Tribunal a los infractores y/o a las partes en un juicio?
Las resoluciones dictadas por el Tribunalse notifican personalmente, o por cédula (por receptores del Tribunal), por medio de carta certificada, y por correo electrónico, si la persona lo autoriza.
8.- ¿Cómo autorizo una notificación por correo electrónico?;
Deberá realizar una solicitud por escrito en la que autorice que las resoluciones le sean notificadas por este medio, indicando claramente el correo electrónico personal del solicitante. No se aceptan correos electrónicos de terceras personas.
El Tribunal le extenderá un Formulario de Solicitud de Notificación por Correo Electrónico, si lo requiere.
9.- ¿Qué debo hacer para presentar mis descargos?