Sección Permisos de Circulación

Preguntas Frecuentes

Es el impuesto que deben pagar anualmente todos los dueños de vehículos motorizados y que va en beneficio de las municipalidades en un 37,5% y del Fondo Común Municipal en un 62,5%. Permite que los automóviles, camionetas, motos y otros puedan circular por las calles del país en forma legal

Según la ley de rentas municipales el valor de los permisos de circulación se establecen en relación con el valor del precio del vehículo. En todo caso, cada año el Servicio de Impuestos Internos (SII) hace una tasación oficial de los automóviles, que es la base para determinar el valor de cada permiso. El SII elabora una lista de las distintas marcas y modelos de vehículos motorizados, clasificados de acuerdo al año de fabricación y con indicación, en cada caso, del precio vigente a la fecha. Esas tasaciones se publican en el Diario Oficial o en algún otro diario de circulación nacional y en la página web del SII, dentro de la primera quincena de enero de cada año.

El Permiso de Circulación puede pagarse en un sistema de dos cuotas: la primera cuota debe ser cancelada hasta el 31 de marzo y la segunda cuota, hasta el 31 de agosto del mismo año.

Los vehículos de las Fuerzas Armadas, cuando son de uso exclusivo militar, los del Cuerpo de Bomberos y los de propiedad o de uso bajo el sistema de arrendamiento con opción de compra de las misiones diplomáticas y consulares extranjeras acreditadas en el país

En el Departamento de Tránsito de la Municipalidad donde se pagó la primera cuota.

Sí, la copia de la revisión técnica aprobada, seguro automotor vigente y permiso de circulación anterior en el caso de un vehículo antiguo. Para un vehículo nuevo, debe llevar una copia de la factura, revisión técnica o certificado de homologación, análisis de gases, seguro obligatorio, la inscripción en el Registro Civil y encontrarse acogido a lo dispuesto en el Decreto Nº 211 de 1991, que establece las normas de emisiones contaminantes de vehículos livianos.

Si, actualmente contamos con un convenio con la Subsecretaria de Desarrollo Regional y Administrativo, que permite ser pagado a través de Internet en la página del municipio

En el caso de ser sorprendido sin haber pagado la segunda cuota del permiso de circulación, se expone a una infracción grave que le cursará Carabineros, pudiendo ser esta de 1 a 1,5 UTM.

Los vehículos de transporte de pasajeros deben pagar el permiso de Circulación es mayo.

Los vehículos de transporte de carga deben pagar el permiso de Circulación es mayo.

Sí, el Permiso de Circulación tiene vigencia nacional y se puede pagar en cualquier comuna

Es importante que, al momento de comprar tu auto usado, consultes a tu vendedor esta información y solicites los documentos correspondientes del último pago efectuado, ya que no existe una base de datos que pueda ofrecerte esta respuesta.

Sí, Conviene que lo imprimas y que guardes también formato digital.

No, hasta no cancelar la multa de tránsito no podrás renovar tu permiso de circulación. Podrás efectuar el pago de la multa en cualquier Dirección de Tránsito del país.

Luego de inscribir tu automóvil en el Registro Civil, podrás pagar el permiso en esta municipalidad. El valor del permiso será proporcional a la cantidad de meses que quedan hasta el siguiente período.

Se debe presentar una declaración jurada simple justificando el motivo. Este trámite se realiza hasta el 30 de noviembre y debe repetirse cada año si el automóvil continúa en la misma situación.